La magnitud de la crisis económica y sus efectos devastadores
sobre el empleo, así como el sesgo ideológico de su gestión política basada en
recortes de derechos y prestaciones, han conferido una importancia al trabajo
como factor de ciudadanía, poniendo de manifiesto los
dramáticos desajustes entre su oferta y demanda, que han generado seis
millones de parados e incrementado dramáticamente los niveles de desigualdad y
desregulación laboral.
El
modelo que se está imponiendo trata de romper todos los dispositivos legales
(Derecho del Trabajo), organizativos (Sindicatos) e institucionales
(Negociación Colectiva) que se han desarrollado históricamente con objeto de
compensar colectivamente la profunda asimetría que caracteriza la relación
capital/trabajo.
La
reforma laboral y sus sucesivas vueltas de tuerca apuntan contra dichos
dispositivos con el objetivo de desequilibrar radicalmente las relaciones
laborales, tanto en sus medios (aumenta el poder empresarial, disminuye la
tutela judicial y la cobertura de la negociación colectiva), como en sus
fines (devaluación salarial, desregulación normativa, debilitamiento del poder
contractual de los trabajadores).Complicando extraordinariamente la representación
colectiva de los intereses de los trabajadores por parte de los comités, que
han de hacer frente en condiciones difíciles a crecientes tendencias disgregadoras
en el mercado de trabajo y las relaciones laborales. En consecuencia, la lucha
contra el paro y por el trabajo decente, junto a la recuperación de la
capacidad adquisitiva de los salarios, deben ser los caminos, contrariamente a
lo que plantean gobierno y patronal cuya gestión de la crisis apunta hacia un
reforzamiento de sus estructuras de dominación, la ruptura de los equilibrios
sociales e institucionales y la expansión de una ideología individualista que
desprecia la solidaridad frente a la caridad y trata de legitimar la desigualdad.
Hacer frente a dichas estrategias nos exige un esfuerzo sostenido y reivindicar
el reconocimiento positivo de su función social.
En primer
caso, se trata tanto de responder a quienes niegan nuestra representatividad
electoral (más de 300.000 delegados elegidos por los trabajadores de 100.000
empresas, con tasas de participación del 92% en los procesos electorales) y la
cobertura de su intervención social (negociación colectiva para 12.000.000 de
trabajadores asalariados de empresa y participación en la determinación de las
condiciones laborales de 3.000.000 de empleados públicos).
También
el reconocimiento de los errores que han erosionado la imagen social del
sindicalismo, desde los derivados de un cierto alejamiento de la vida cotidiana
de muchos trabajadores hasta algunos casos de malas prácticas que no por
minoritarios y puntuales dejan de suponer un coste en reputación para el
conjunto del sindicalismo. A este respecto, el movimiento sindical no puede
mirar hacia otro lado ni imputar todos sus problemas a campañas mediáticas de
desprestigio (¡aunque haberlas, hay las!) sino que, actualizando el impulso
ético de la mejor tradición obrera, debe actualizar su discurso autocrítico y
renovar sus prácticas en materia de autofinanciación, transparencia y
ejemplaridad, anticipándose incluso a los requerimientos legales, lo que sin
duda contribuirá decisivamente al desarrollo de sus funciones en defensa de los
trabajadores y a la regeneración democrática de la sociedad española, necesaria
también para garantizar una salida social de la crisis.
En el marco de unas relaciones laborales desiguales, el sindicalismo asume las funciones de agrupamiento y defensa de los intereses del conjunto de los trabajadores ante la contraparte empresarial e institucional, mediante los correspondientes mecanismos de negociación y gestión del conflicto. En el caso concreto de la negociación colectiva, cabe señalar que si bien sus beneficios (salarios, regulación de jornada, promoción profesional, salud laboral y demás prestaciones sociales) son de cobertura universal y alcanzan al conjunto de los trabajadores, estén o no afiliados, los costes de este esfuerzo no son reconocidos y detrás hay 30.000 negociadores sindicales, votados por sus trabajadores, más sus correspondientes asesores técnicos que los hacen posibles. Poner en valor tales funciones pasa por reforzar la visibilidad e intervención del sindicato en los centros de trabajo, allí donde se generan los cambios en la composición del empleo y el desarrollo de las relaciones laborales, así como plantear su capacidad de protesta y de propuesta ante los poderes económicos y políticos para impulsar una estrategia capaz de generar empleo, defender los salarios y salvaguardar los derechos. Y junto a ello reforzar el concepto de utilidad del sindicato, el alcance y resultados de su intervención en la acción sindical cotidiana y la concertación social, la acción jurídica como complemento de la sindical y los servicios que presta, etc., poniendo de manifiesto el factor diferencial que la presencia o no del sindicato supone en materia de condiciones de trabajo, derechos, seguridad contractual, etc.
En el marco de unas relaciones laborales desiguales, el sindicalismo asume las funciones de agrupamiento y defensa de los intereses del conjunto de los trabajadores ante la contraparte empresarial e institucional, mediante los correspondientes mecanismos de negociación y gestión del conflicto. En el caso concreto de la negociación colectiva, cabe señalar que si bien sus beneficios (salarios, regulación de jornada, promoción profesional, salud laboral y demás prestaciones sociales) son de cobertura universal y alcanzan al conjunto de los trabajadores, estén o no afiliados, los costes de este esfuerzo no son reconocidos y detrás hay 30.000 negociadores sindicales, votados por sus trabajadores, más sus correspondientes asesores técnicos que los hacen posibles. Poner en valor tales funciones pasa por reforzar la visibilidad e intervención del sindicato en los centros de trabajo, allí donde se generan los cambios en la composición del empleo y el desarrollo de las relaciones laborales, así como plantear su capacidad de protesta y de propuesta ante los poderes económicos y políticos para impulsar una estrategia capaz de generar empleo, defender los salarios y salvaguardar los derechos. Y junto a ello reforzar el concepto de utilidad del sindicato, el alcance y resultados de su intervención en la acción sindical cotidiana y la concertación social, la acción jurídica como complemento de la sindical y los servicios que presta, etc., poniendo de manifiesto el factor diferencial que la presencia o no del sindicato supone en materia de condiciones de trabajo, derechos, seguridad contractual, etc.
Además
de las funciones centrales de negociación colectiva y defensa cotidiana de las
demandas de los trabajadores y trabajadoras en los centros de trabajo, los
sindicatos realizan otras de ámbito y orientación diferentes, desde las ya
clásicas de asesoramiento legal a otras de más reciente implementación, como
las de prestación de servicios o la prevención de riesgos laborales y la
participación e intervención social a nivel estatal, autonómico, local y
sectorial. Junto a los temas de carácter más general, hay que poner de manera
sistemática en valor que el sindicato interviene simultáneamente en miles de
asesoramientos, de negociaciones, de conflictos, de acuerdos, etc., en las
empresas, ante los tribunales, es decir, está interviniendo diariamente en la
defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, Es ahí donde reside
la legitimidad de ejercicio del sindicato que, junto a la de su origen y
representatividad, le define como elemento central de las relaciones laborales
democráticas y factor decisivo en la lucha por la justicia social,
especialmente necesarios para hacer frente a una ofensiva conservadora que ha
generado retrocesos de diez años en términos económicos y salariales y de más
de treinta en materia social y de derechos. Se trata, pues, de reforzar la
legitimidad del sindicalismo haciendo visibles, no siempre lo hacemos, no
siempre se recoge por los medios, los resultados de la intervención sindical,
tanto en términos genéricos e institucionales (derechos, prestaciones,
garantías, etc.) como específicos de tipo colectivo (convenios, representación)
e individual (asesoría y defensa, formación, salud laboral, etc.)
Lo
que hay constituye, lo que en nuestra opinión es la primera y más amplia red de
solidaridad existente en nuestro país.